El Ayuntamiento de Los Santos de Maimona celebró el pasado jueves una reunión a la que convocó a los titulares de empresas dedicadas al sector de la construcción en la localidad, para analizar determinados aspectos sobre la aplicación de la Ley 11/2018 de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura. La misma estuvo presidida por el alcalde de la localidad Manuel Lavado Barroso, acompañado del secretario y arquitecto municipal y a ella asistieron 11 profesionales del sector en representación de 8 empresas diferentes.
Entre otros aspectos, el alcalde adelantaba que para la aplicación de esta ley se ejercerá una mayor actividad de control en las actuaciones urbanísticas con el fin de que todo lo realizado se encuentre dentro del marco jurídico, teniendo en cuenta que las infracciones urbanísticas conllevan duras sanciones para todos los responsables de dichas infracciones, desde el Promotor, el Constructor o la Dirección Facultativa. El alcalde insistía en la importancia de trabajar siempre bajo la concesión de la licencia de obra correspondiente y atenerse a lo que en ella se contempla, evitando así cualquier tipo de irregularidad. Para que esto no suponga una merma en el trabajo de este sector, el Ayuntamiento de Los Santos se comprometió a resolver las solicitudes de licencias de obra de manera casi inmediata, una vez se disponga de la documentación pertinente, tal y como a día de hoy se está haciendo, con todas las solicitudes de licencias al día.
El arquitecto Municipal explicaba que esta nueva ley propone un régimen de disciplina urbanística concreto y particular, del que se deriva el control urbanístico sobre cualquier tipo de suelo, siendo este en último término, responsabilidad municipal, y analizaba algunos de los puntos que más pueden afectar a este sector profesional.
Destaca el artículo 182.2 en el que se establece que toda infracción urbanística llevará consigo sanciones y obligación de resarcimiento de daños, abriendo la puerta a un régimen sancionador que considera sujetos activos de la ilegalidad al promotor, al constructor, a la dirección facultativa e indirectamente, por tanto, al propio Ayuntamiento, cuando no ejecute el control urbanístico correspondiente. El fin último de la aplicación del régimen de disciplina urbanística será restaurar la legalidad infringida.
Para concienciar sobre la dureza de las sanciones, el Arquitecto puso varios ejemplos atendiendo al grado de gravedad de las mismas. Las sanciones consideradas por esta Ley como Muy Graves conllevarán cuantías de entre 50.000 y 150.000 euros e incluiría entre otros supuestos, las construcciones y divisiones urbanísticas en suelo rústico, la ejecución de obras no autorizadas o cualquier acto contrario a la ordenación territorial en inmuebles catalogados. Entre las sanciones Graves, sancionadas con cuantías de entre 3.000 y 50.000 euros, se encontraría la ejecución de actos de edificación o uso del suelo sin licencia o la ejecución de obras sobre edificaciones fuera de ordenación, las divisiones urbanísticas en suelo urbano o movimientos de tierras entre otros. Por último, las sanciones Leves, como la ausencia del cartel de obra o impedir una inspección, conllevarán cuantías de entre 100 y 3000 euros. Hay que tener en cuenta además que la sanción impuesta a uno de los sujetos activos en la ilegalidad, no exime al resto de sujetos responsables de la sanción que en su caso proceda.
Los profesionales que asistieron a la reunión mostraron una buena disposición para la consecución del cumplimiento de la ley, si bien insistieron en la necesidad de que los propios promotores tomen conciencia de su responsabilidad y de su obligación de conocer el marco legal al que estas actuaciones están sujetas, respetando el interés de los propios constructores por acatar la legalidad vigente.